Perito Accidente Vía Pública
Perito Accidente Vía Pública

PERITO ACCIDENTE VÍA PÚBLICA

¿Has sufrido una caída o un accidente en la vía pública? En Peritos Legales contamos con los mejores peritos médicos en valoración de daños corporales. Evaluamos tus lesiones y reclamamos la máxima indemnización. Pídenos asesoramiento y te ofreceremos un ESTUDIO DE VIABILIDAD TOTALMENTE GRATIS*.

Por desgracia, es bastante común que se produzcan caídas en la vía pública o en establecimientos abiertos al público. Por supuesto, en muchas ocasiones se trata de un hecho fortuito en el que no hay responsabilidad por parte del titular de la vía pública o del establecimiento. Sin embargo, en algunos casos dichos accidentes sí son imputables a negligencias, imprudencias, mala señalización o mal estado de conservación de calles, edificios y locales.

Aunque en el momento igual no le das mucha importancia a un resbalón o a una caída, debes tener en cuenta que a la larga podría causarte una lesión grave y dejarte secuelas.

Es por esta razón que en tales casos deberías consultar a un perito médico especialista en valoración de daños corporales que evalúe tu estado de salud y valore la existencia de posibles secuelas y los días que has estado impedido de cara a redactar un informe pericial. En Peritos Legales ponemos a tu disposición a los mejores peritos médicos judiciales para que puedas reclamar la indemnización que te corresponde.

El artículo 106.2 de la Constitución Española establece que los particulares, en los términos establecidos por la Ley, tendrán derecho a ser indemnizados por toda lesión que sufran en sus bienes y derechos salvo en los casos de fuerza mayor, siempre que la lesión sea consecuencia del funcionamiento de los servicios públicos.

Con las caídas o accidentes en espacios públicos como la calle (la denominada responsabilidad civil de la Administración por lesiones en la vía pública, patrimonial de los ayuntamientos en la mayoría de los casos) se puede reclamar una indemnización si se demuestra que ha habido lesión o daños, pero para que ésta prospere conviene que hagas lo siguiente:

  • Llamar a la Policía en el momento del accidente para que levanten el atestado de lo sucedido.
  • Hacer fotografías del lugar donde ocurrió el accidente (para acreditar el estado del suelo o cualquier otra condición peligrosa que haya propiciado el siniestro).
  • Buscar testigos que presten declaración ante la patrulla policial que se persone y la firmen (si te caes, es muy probable que alguien acuda a ayudarte; momento que puedes aprovechar para pedírselo). Su declaración será fundamental en el juicio que se celebre más adelante. Si no es posible, al menos deberías obtener el nombre y teléfono de los testigos para poder citarlos a juicio.
  • Acudir el mismo día al hospital para que te atiendan y exploren la zona afectada. Todas las lesiones deben constar en el parte médico de urgencias. Recuerda, si lo dejas pasar, podría fracasar la indemnización al perderse el nexo causal.
  • Guardar los justificantes de todos los gastos que hayas tenido que abonar como consecuencia del accidente: taxi, intervenciones quirúrgicas, consultas y tratamientos médicos, sesiones de rehabilitación, medicamentos, muletas, silla de ruedas, etc.
  • Y si además te has visto obligado al cese de tu actividad profesional por culpa del accidente (has tenido que coger una baja laboral), también deberás justificar documentalmente esta circunstancia para poder reclamar el lucro cesante.

Con toda esta documentación podremos presentar la correspondiente reclamación de responsabilidad patrimonial contra el ayuntamiento o la administración pública de la que dependa el servicio público causante del daño. También podríamos solicitar una pensión por incapacidad permanente en el caso de que cumplas los requisitos y el Equipo de Valoración de Incapacidades (EVI) te conceda un grado. Si lo deseas, te ofrecemos un estudio de viabilidad gratuito.

La ciencia pericial interpreta y traduce a un lenguaje menos técnico y más accesible los informes de los especialistas (como valoración de daño y lesiones por accidente en vía pública) para explicar a los jueces cómo actúan las secuelas de las patologías en el paciente.

Para la reclamación será necesario presentar una instancia en el ayuntamiento que tenga la titularidad municipal de esa carretera, vía, calle, etc., y, más en concreto, en el Registro General del Ayuntamiento, que lo derivará al de Reclamaciones Patrimoniales.

A partir de ese momento el ayuntamiento tendrá un plazo de 6 meses para pronunciarse. En el caso de no responder, la reclamación será desestimada por silencio administrativo. No obstante, aún quedaría abierta la vía judicial para poder presentar un recurso ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo.

Por lo común, los ayuntamientos tienen contratado un seguro para los casos de reclamaciones de responsabilidad patrimonial. Una vez tramitada la reclamación, toda la documentación referente a la misma se envía a la empresa aseguradora para el estudio de los hechos. Es importante que no te conformes con lo que te ofrezca la aseguradora, que siempre velará por sus intereses, no por los tuyos, y que busques el asesoramiento de un abogado experto en accidentes en la vía pública.

INDEMNIZACIÓN POR ACCIDENTE EN LA VÍA PÚBLICA

Entre otras muchas, se podrá reclamar una indemnización por daños provocados por circunstancias como:

    Indemnización Accidente Vía Pública

  • Mal estado del pavimento.
  • Socavones en la vía pública.
  • Desprendimiento de tapas de alcantarillado.
  • Desprendimiento de losetas.
  • Baldosas sueltas o mal colocadas.
  • Caída de señales.
  • Pasos de peatones que no están bien señalizados.
  • Arquetas sin tapa.
  • Mala, deficiente o inexistente señalización de obras.
  • Falta de iluminación nocturna.

Hay que tener en cuenta que el plazo para reclamar una indemnización por caída en la vía pública prescribe al año de producirse el accidente o de manifestarse su efecto lesivo.

La indemnización por lesiones temporales por caída en la vía pública se calcula de acuerdo al baremo de la Ley que regula la valoración de los daños y perjuicios en accidentes de tráfico:

  • Perjuicio Personal Básico: consiste en el perjuicio padecido desde el accidente hasta la finalización o estabilización del proceso curativo. La indemnización es de 31,05 euros por día.
  • Perjuicio Personal Particular: es el perjuicio moral ocasionado por la pérdida temporal de calidad de vida; esto es, cuando la víctima se ve impedida o limitada en su autonomía personal y para realizar las actividades esenciales de la vida ordinaria. Puede ser muy grave (103,48 euros por día), grave (77,61 euros por día) o moderado (53,81 euros por día).

En Peritos Legales queremos ayudarte a tramitar tu reclamación a la Administración Pública para conseguirte la máxima indemnización. Tenemos un alto índice de éxito en reclamaciones contra la administración y en indemnizaciones por daños y perjuicios.

*Los estudios de viabilidad de las negligencias médicas exigen un estudio preliminar adicional.